miércoles, 30 de noviembre de 2011

2012, año de la no violencia contra niñas, niños y adolescentes


Hoy miércoles 30, arranca un debate nacional respecto a uno de los principales problemas que aqueja a la sociedad boliviana, el uso de la violencia sobre la niñez y la adolescencia. La Asamblea Legislativa Plurinacional ha puesto en mesa el Proyecto de Ley Nº 811 2011/2012 cuyo nombre es “2012, año de la no violencia contra la niñez y adolescencia”.
Este PL tiene como objeto reducir al mínimo los índices de violencia sobre este sector de la población, a través de un proceso de sensibilización, concientización e información a todas las familias bolivianas, valiéndose del trabajo coordinado y desinteresado de instituciones, organizaciones y personalidades del sector público y privado. La Red parlamentaria por la niñez y la adolescencia inicio un proceso de consenso de esta iniciativa y la primera reunión se llevo a cabo con los máximos ejecutivos de los medios de comunicación de alcance nacional, a los cuales se les requirió su máxima participación en este gran desafío.
Durante las próximas semanas este PL será tratado en ambas Cámaras y se prevé su aprobación hasta el 23 de diciembre de 2011. Puedes descargar este Proyecto de Ley haciendo clic aquí.

lunes, 28 de noviembre de 2011

Tolerancia remunerada a trabajadoras para examenes de Papanicolaou y/o Mamografía

La Cámara de Diputados aprobó el Proyecto de Ley Nº 133 que autoriza a un día al año, de tolerancia remunerada a todas las mujeres trabajadoras para exámenes de Papanicolaou y/o Mamografía. Este PL fue derivado a la Cámara de Senadores y se espera su tratamiento en los próximos días para posteriormente ser remitida al Órgano ejecutivo para su promulgación.
A continuacion la redaccion aprobada.



PROYECTO DE LEY Nº 0133/2011-2012

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:


Artículo 1. Todas las servidoras públicas y trabajadoras mayores de 18 años que desarrollan sus actividades con funciones permanentes o temporales en instituciones públicas, privadas o dependientes de cualquier tipo de empleador, gozaran de tolerancia remunerada de un día hábil al año, a objeto de que puedan someterse a un examen médico de Papanicolaou y/o Mamografía.

Artículo 2. Para justificar el goce de esta tolerancia, toda servidora pública o trabajadora deberá presentar ante la institución o lugar donde desarrolla sus actividades laborales, la constancia que evidencie la realización del examen de Papanicolaou y/o Mamografía, emitido por el ente gestor de salud donde se encuentra asegurada o del centro de salud autorizado, y no así el resultado.

Artículo 3. La fecha del día de tolerancia deberá ser establecida en coordinación entre la beneficiaria y el empleador.

DISPOSICIÓN FINAL

ÚNICA. El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social y el Ministerio de Salud y Deportes, en el plazo de noventa (90) días de publicada la presente Ley, reglamentarán su correspondiente aplicación.

Remítase a la Cámara de Senadores, para fines constitucionales.

Es dado en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil once años.