A continuacion la redaccion aprobada.
PROYECTO DE LEY Nº 0133/2011-2012
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. Todas las servidoras públicas y trabajadoras mayores de 18 años que desarrollan sus actividades con funciones permanentes o temporales en instituciones públicas, privadas o dependientes de cualquier tipo de empleador, gozaran de tolerancia remunerada de un día hábil al año, a objeto de que puedan someterse a un examen médico de Papanicolaou y/o Mamografía.
Artículo 2. Para justificar el goce de esta tolerancia, toda servidora pública o trabajadora deberá presentar ante la institución o lugar donde desarrolla sus actividades laborales, la constancia que evidencie la realización del examen de Papanicolaou y/o Mamografía, emitido por el ente gestor de salud donde se encuentra asegurada o del centro de salud autorizado, y no así el resultado.
Artículo 3. La fecha del día de tolerancia deberá ser establecida en coordinación entre la beneficiaria y el empleador.
DISPOSICIÓN FINAL
ÚNICA. El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social y el Ministerio de Salud y Deportes, en el plazo de noventa (90) días de publicada la presente Ley, reglamentarán su correspondiente aplicación.
Remítase a la Cámara de Senadores, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil once años.
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. Todas las servidoras públicas y trabajadoras mayores de 18 años que desarrollan sus actividades con funciones permanentes o temporales en instituciones públicas, privadas o dependientes de cualquier tipo de empleador, gozaran de tolerancia remunerada de un día hábil al año, a objeto de que puedan someterse a un examen médico de Papanicolaou y/o Mamografía.
Artículo 2. Para justificar el goce de esta tolerancia, toda servidora pública o trabajadora deberá presentar ante la institución o lugar donde desarrolla sus actividades laborales, la constancia que evidencie la realización del examen de Papanicolaou y/o Mamografía, emitido por el ente gestor de salud donde se encuentra asegurada o del centro de salud autorizado, y no así el resultado.
Artículo 3. La fecha del día de tolerancia deberá ser establecida en coordinación entre la beneficiaria y el empleador.
DISPOSICIÓN FINAL
ÚNICA. El Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social y el Ministerio de Salud y Deportes, en el plazo de noventa (90) días de publicada la presente Ley, reglamentarán su correspondiente aplicación.
Remítase a la Cámara de Senadores, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados, a los veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil once años.