viernes, 17 de septiembre de 2010

Aprueban ley que aplica 30 años de cárcel para violadores de niños

La Paz, 16 Sep (Erbol).- La Cámara de Diputados aprobó hoy en sus dos estaciones, grande y detalle, el proyecto de Ley de Reformas al Código Penal para la Protección Legal de Niñas, Niños y Adolescentes, con la modificación de los artículos 15 y 16 dejando establecida una pena máxima de 30 de años de cárcel, sin derecho a indulto, para los violadores de menores.El artículo 15 sobre violación de un niño, niña u adolescente, que modifica al artículo 308 Bis. del Código Penal, y el artículo 16 sobre el mismo delito pero cometido en estado de inconsciencia de la víctima, artículo 308 Ter del Código Penal, ambos incrementaban, en la propuesta, hasta 25 años de cárcel.En el texto aprobado, el primer numeral quedó establecido de la siguiente: “Quien tuviera acceso carnal con persona de uno u otro sexo menor de catorce años, penetración anal o vaginal o introdujera objetos con fines libidinosos, será sancionado con privación de libertad de veinte a treinta años, sin derecho a indulto incluso sin que se haya hecho uso de la fuerza física o intimidación y se alegue consentimiento”.Asimismo, indica que “quedan exentas de esta sanción las relaciones consensuadas entre adolescentes mayores de doce años, siempre que no exista diferencia de edad mayor de tres (3) años, entre ambos, y no se haya producido violencia ni intimidación.”.De la misma manera, el artículo 16 quedó con el texto: “quien tuviera acceso carnal, penetración anal o vaginal o introdujere objetos con fines libidinosos a persona de uno u otro sexo, después de haberla puesto con este fin en estado de inconsciencia, será sancionado con pena de privación de libertad de diez a quince años. Si la víctima del delito resultare ser Niña, Niño o Adolescente la sanción de presidio será de veinte a treinta años, sin derecho a indulto”.Con ambas modificaciones, los legisladores decidieron dejar de lado las propuestas de incluir la pena de muerte, la castración física o química, sugerida por un grupo de legisladores de Convergencia Nacional (PPB-CN), porque se elevó la sanción a la máxima pena que establece el marco normativo penal boliviano, es decir, los 30 años de privación de libertad. Tras tres días de debate, la Cámara de Diputados aprobó 27 artículos del proyecto de Ley de los 28 que presentó la Comisión de Justicia Plural al plenario para su debate. El último numeral, sobre retardación de justicia o investigación, fue eliminado porque ya se encuentra establecido en la Ley 007 que modifica el Código Penal.La diputada Cecilia Ayllón, presidenta de la Comisión de Justicia Plural, explicó que el proyecto de esta Ley para los niños, fue presentado antes de la aprobación de la Ley 007 con penas sancionatorias, por lo tanto no es necesario que se incluya en otra norma.

NOTA: Ya está disponible aqui la nueva Ley de Protección Legal de NIños, Niñas y Adolescentes.