jueves, 25 de marzo de 2010

Ley Anticorrupcion

La estrategia del proceso de cambio.
El proceso de cambio no es otra cosa que la transformación de una civilización, de una cultura en procura del bienestar, en equilibrio entre lo colectivo y lo individual.
Para este inmenso cometido es necesario enfrentar las siguientes tareas: la transformación del Modelo de Estado, que se ha dado inicio con la nueva CPE, la transformación del Modelo Económico, cuyos patrones veremos desarrollados pronto en la Asamblea Legislativa Plurinacional, pero aun si tuviésemos éxito en estos cometidos, no serviría de nada para nuestro objetivo, si antes no logramos el nacimiento del hombre nuevo. Y esto no es otra cosa que una nueva norma de Conducta, sobre valores y principios nuevos, donde no tengan cabida el desfalco, la malversación, la ratería, las estafas, la falsedad, las farsas y la sinvergüenzura, como de una u otra manera en nuestra sociedad esta sucediendo hoy.
Es cierto, que no depende de nosotros que seamos el país más grande de todos, que seamos el país más fértil y abundante del mundo, que seamos un país con una historia intachable de desarrollo y prosperidad. Pero es cierto también que somos un país que año tras año ocupa los últimos lugares en transparencia, y los primeros en corrupción desde hace por lo menos cuatro décadas atrás y eso sí depende de nosotros, esta en nuestras manos.
¿Cual es la intencionalidad?
¿Que garantías de Imparcialidad tiene esta ley? preguntaba algún medio de comunicación. ¿Cuál es la intencionalidad de esta ley? Preguntaba algún parlamentario de oposición. ¿Qué moral tiene el oficialismo para hablar de anti corrupción después de Santos? Se preguntan algunos en las calles.
Que hubieron actos de corrupción en el actual gobierno, es cierto y nos asoma una profunda vergüenza. Que hay compañeros nuestros, que transgredieron nuestros principios y nuestra confianza para hundirle las uñas al dinero público, es cierto, y nos sentimos intensamente agraviados por esa traición.
Cuando sucedió aquello, no pudimos comprometer que no habría un solo acto más de corrupción, pero si nos comprometimos a que embarcaríamos hasta el último soplo de nuestro esfuerzo para prevenir, identificar, procesar y castigar cualquier acto ilícito en la administración pública.
Ese compromiso lo hicimos el año 2006 y presentamos esta ley, la oposición en aquel entonces UN, MNR y PODEMOS encontró muchas observaciones, aludían a los derechos humanos, aludían convenios internacionales, aludían inconstitucionalidad, errores doctrinales, etc, etc. Y la ley se detuvo por 4 años.
Ahora hemos escuchado también muchas observaciones, y muchas de ellas nos han ayudado a mejorar esta ley pero no nos pidan 4 años más. Eso no es posible, el país se desangra por la corrupción. Rafael Puente el año 2005 estimaba en 3 mil millones de dólares, las perdidas en los últimos 10 años por actos de corrupción.
Luego de 4 años el debate continúa. Pero esta vez hay una diferencia, esta ley ya no esta en manos de unos cuantos senadores conservadores de UN, MNR y PODEMOS, esta vez existe otro sentimiento en los políticos de hoy. Por lo menos en la mayoría de ellos.
¿Cuántos partidos, presidentes, senadores y diputados pasaron en cuatro décadas de corrupción galopante en nuestro país? Casi un millar, y ninguno de ellos pudieron o se atrevieron a tomar el toro por las astas, vieron pasar escandalosos actos de corrupción y hasta hoy la lucha contra la corrupción nunca fue una política de Estado. Es esto que hace de este momento, un momento históricamente extraordinario.
Plan integral anticorrupción
Pero hoy asistimos a este debate con un agregado, y es que la política anti corrupción tiene una estrategia que no termina en esta ley únicamente.
Esta ley es una de 11 leyes que normarán y regularán la protección a los bienes del estado y la cero tolerancia a la corrupción e impunidad. Estas son:

LEY DE LUCHA CONTRA LA CORRUPCION, ENRRIQUECIMIENTO ILICITO E INVESTIGACION DE FORTUNAS. En debate.
LEY ORGANICA DE LA PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO. Para la defensa de los intereses del estado. Para representar al estado en conflictos entre estados o entre el estado y particulares. Para evaluar jurídicamente la defensa que realiza la administración publica en todos sus niveles.
LEY DE REGULACION DE LA CONTRALORIA GENERAL DEL ESTADO. Promover la responsabilidad en los servidores públicos, mediante el control externo posterior y la auditoria.
LEY ORGANICA DEL CONTROL SOCIAL. Se definen mecanismos de participación ciudadana directa en el control, seguimiento y fiscalización permanente al estado en todos sus niveles e instancias.
LEY DEL SERVIDOR PÚBLICO. Una norma que determine las funciones de todas las personas que van a servir en la gestión publica. Tendrá por objeto regular la relación del Estado con sus servidores públicos, asegurar la transparencia, eficacia y vocación de servicio a la colectividad en el ejercicio de la función pública. No es un nuevo estatuto del funcionario publico
LEY DE GESTIÓN PÚBLICA. Para definir las estructuras y procedimientos acerca de la organización de las entidades del estado.
LEY DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. Donde toda la información generada en la etapa de planificación, ejecución y rendición de cuentas tenga carácter publico permanente, sostenido y obligatorio.
LEY DEL PATRINOMIO DEL ESTADO Y ENTIDADES PÚBLICAS. En la cual se prevea mecanismos de registro y resguardo del patrimonio del estado.
LEY DE RENTAS E INVERSIONES DEL ESTADO. Donde se prevean procedimientos y condicionantes para las inversiones que harán el gobierno nacional y los gobiernos sub nacionales dentro y fuera del país.
LEY DE OPERACIONES FINANCIERAS DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA. Para modernizar y actualizar la ley 1178 y las normas SAFCO
LEY DE EMPRESAS PÚBLICAS. Para regular los márgenes de funcionamiento y operaciones de las empresas publicas.